Salud y Educación acordaron el plan de formación para acompañantes terapéuticos de la Provincia
A partir de este ciclo lectivo 2015, la formación de acompañantes terapéuticos deberá dictarse con un plan de estudios acordado por el ministerio de Salud de la Provincia y la dirección general de Cultura y Educación. Antes, se formaban según el lugar donde se capacitaban, pero ahora existirá una currícula única de formación.
A partir de este ciclo lectivo 2015, la formación de acompañantes terapéuticos deberá dictarse con un plan de estudios acordado por el ministerio de Salud de la Provincia y la dirección general de Cultura y Educación. Antes, se formaban según el lugar donde se capacitaban, pero ahora existirá una currícula única de formación.
De esta manera, obtendrán el certificado correspondiente emitido por la cartera educativa y podrán ingresar al registro del departamento de Ejercicio de las Profesiones de la dirección de Fiscalización Sanitaria. Quienes se recibieron antes en otros lugares, podrán acceder a una acreditación de competencias.
El acompañante terapéutico es un trabajador que interviene en el abordaje de las personas con padecimientos mentales a partir de la indicación de un profesional. Opera como potenciador y facilitador en la rehabilitación, la prevención de posibles recaídas, la identificación y anticipación de situaciones de riesgo y en la vinculación social del paciente.
Su labor se enmarca en la ley nacional N° 26.657 de “Derecho a la Protección de la Salud Mental”, y en la ley provincial de adhesión N° 14.580, que establece la protección de los derechos de los ciudadanos que padecen problemas de salud mental y garantiza el acceso a los servicios que la promueven y protegen.
El diseño curricular de formación acordado, que comenzará a aplicarse en el hospital provincial José Estéves de Lomas de Zamora, fue elaborado por una comisión de especialistas de diferentes sectores vinculados a la temática, en el marco del trabajo conjunto de la Comisión Mixta Salud-Educación , y aprobado por resolución 1014/14.
A la vez, en forma simultánea y complementaria, se trabaja en los acuerdos que permitan iniciar el proceso de acreditación de competencias y certificación de aquellas personas que hayan realizado, de manera previa, cursos y capacitaciones de acompañante terapéutico, y trabajen como tales.
En virtud de ello, las subsecretarías de Planificación de la Salud, de Control Sanitario y de Salud Mental y Atención a las Adicciones de la cartera sanitaria coordinarán acciones con la Agencia de Acreditación de Competencias Laborales de Educación, con el IOMA, con Médicos en Prevención (MEP) y con diversas asociaciones que nucleen a estos trabajadores.
También se contactarán con las entidades vinculadas a la realización de dichos cursos, con el objetivo que en el término de 2 años, se pueda desarrollar y completar el proceso de acreditación de competencias de los acompañantes en ejercicio.