Especialización en Salud Mental
Orientación Psicoanalítica

SAN MIGUEL - PALOMAR - DEVOTO

Ley Nacional de Salud Mental Nº 26657
ARTICULO 12. — La prescripción de medicación sólo debe responder a las necesidades fundamentales de la persona con padecimiento mental y se administrará exclusivamente con fines terapéuticos y nunca como castigo, por conveniencia de terceros, o para suplir la necesidad de acompañamiento terapéutico o cuidados especiales. La indicación y renovación de prescripción de medicamentos sólo puede realizarse a partir de las evaluaciones profesionales pertinentes y nunca de forma automática. Debe promoverse que los tratamientos psicofarmacológicos se realicen en el marco de abordajes interdisciplinarios.
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Agenda
En San Miguel: Espacio Evais - Italia 916 entre D’Elía y Muñoz | (011) 4501-8953 / 15 6283-6565
En Palomar: General Bustillo 313, esquina Marconi | (011) 4501-8953 / 15 6283-6565
En Villa Devoto: Asunción 3245, entre Av. San Martín y Cuenca | (011) 4501-8953 / 15 6283-6565
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